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MUNICIPALES
28 DE AGOSTO DE 2006

El Intendente Carlos Núñez y sus siete concejales pueden ir a la cárcel

Esto, si el Intendente Carlos Núñez y sus siete concejales, firman y ponen en vigencia el proyectado convenio con la Cooperativa Multiactiva de Producción, Ahorros, Créditos y Servicios Mar Internacional Limitada.

 
Si se llegare a firmar el convenio con la correspondiente homologación de la Junta Municipal, el intendente Carlos Nuñez y los concejales firmantes, ipso facto pueden ser imputados de oficio por el Ministerio Público o denuncia mediante de cualquier ciudadano.
 

La implementación de dicho convenio, desde el ángulo que se lo mire, configura una serie de Hechos Punibles contra la administración pública, que abarca toda la gama de delitos y crímenes que se cometen en perjuicio del Estado y que se hallan establecidos en todo un capitulo del Código Pernal.

Si se llegare a firmar el convenio con la correspondiente homologación de la Junta Municipal, el intendente y los concejales firmantes, ipso facto pueden ser imputados de oficio por el Ministerio Público o denuncia mediante de cualquier ciudadano.

La imputación puede significar dos cosas:

  • Una, la detención directa e inmediata del intendente y los concejales implicados.
  • Otra, el procesamiento sin la detención, pero, en ambos casos un juez penal de garantías puede concederles medidas alternativas a la prisión, bajo condiciones tales como la prohibición de ingresar al recinto de la municipalidad, la no salida del país, ir a firmar libro cada mes en el juzgado y fianza real a cada uno de ellos.

SITUACIONES POSIBLES

En otras palabras, el intendente y sus concejales quedan fuera de la Municipalidad. Aquí se producen dos situaciones:

  • La bancada colorada puede pedir, de acuerdo a estos hechos, a la Cámara de Diputados la inmediata intervención de la municipalidad hasta la elección de las nuevas autoridades, quedando como intendente interino uno de los miembros de la Comisión Asesora Permanente de Legislación.
  • El otro caso posible, los suplentes de los siete concejales, autorización mediante de la Justicia Electoral, asumen como titulares, y elijen un nuevo intendente con lo cual podrían neutralizar el pedido de la intervención. 

OBJETIVOS DEL CONVENIO

En el borrador del convenio, la Municipalidad le otorga a la Cooperativa que preside Ovidio Martínez, funciones o atribuciones jurisdiccionales de la Ley 1.294/87, propias de la institución municipal, que son intransferibles.

Aparte se le obliga al contribuyente a asociarse a la cooperativa para acogerse a beneficios, tales como la financiación de sus impuestos y tasas con dinero proveniente de los fondos de royalties.

La obligatoriedad de la asociación a la cooperativa, así como la utilización de los royalties para pago de las deudas de los contribuyentes, son totalmente ilegales y en consecuencia hechos delictivos.

También constituye hecho punible la obligatoriedad de asesoramientos legales ycontables de los contribuyentes por parte de la cooperativa, que se establece en el convenio.

Asimismo, el convenio conduce a que la cooperativa utilice a la Municipalidad como banco de datos, a través de la provisión por los contribuyentes de sus números de cédula, su factura de ANDE y fotocopia del título de su inmueble.

En tren de posibilidades, la cooperativa va a monopolizar el catastro de Ciudad del Este, con fines inimaginables, así como también abrogarse toda la función municipal, restando solamente que en contrapartida asuma además las funciones de ejecutor de los gastos municipales, con lo cual ya sería innecesaria que la ciudad cuente con un intendente y los 12 concejales, quienes serán suplidos de hecho por Ovidio Martínez, en su condición de presidente de la cooperativa.

Lo que pretenden implementar a través de dicho convenio, el intendente Carlos Núñez, sus 7 concejales y Ovidio Martínez, a criterio de profesionales abogados, que tomaron conocimiento del borrador del convenio publicado por Democráticamente, es simplemente una locura.

 

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